Dos empresas salmoneras que operan en Chiloé, Salmones de Chile y Holding and Trading del grupo Errazuriz, deberán responder a los tribunales laborales que esta semana comenzaron a funcionar en el archipiélago. Para el abogado Julio Álvarez, “el principal beneficio de la Reforma Laboral es la
transparencia, porque implica que todo el proceso se realice de manera
oral, fundamentalmente en dos audiencias públicas, a las cuales pueden
asistir los trabajadores y los empresarios demandados, y conocer la
forma en que están actuando los tribunales de justicia y los abogados”.
Chiloé, 05 de noviembre de 2009. (Ecoceanos News)— Cuatro demandas en contra de empresas salmoneras marcaron el debut de la Reforma Laboral en Chiloé, uno de los territorios donde hace una década se ha impuesto la industria del cultivo de salmón.
Despidos masivos injustificados y no pago de finiquito fueron las razones para que trabajadores de Salmones de Chile y del Holding and Trading, pertenecientes al Grupo de Inversiones Errázuriz, interpusieran las primeras demandas ante el tribunal de Castro.
Lidia Díaz fue la primera trabajadora en presentar una demanda. Ella trabajó más 20 años en la compañía Salmones de Chile y fue despedida porque no quiso aceptar un ofrecimiento de pago “injusto” e “ilegal”, que le había propuesto la empresa.
Así lo dijo a Ecoceanos News, el abogado patrocinante Julio Álvarez, quien precisó que “la salmonera ofreció a la trabajadora pagar solo el 40% de la totalidad de los años de servicio, y pagado en ocho cuotas. Ante la negativa de la trabajadora de aceptar una propuesta tan ridícula, la empresa le inventó una causal y terminó por despedirla por incumplimiento grave al contrato”.
Otro grupo de ex trabajadores presentó una demanda en contra de la empresa Holding and Trading por despidos masivos injustificados, que afectó a más de 80 obreros.
Según el abogado Julio Álvarez, bajo el argumento de necesidades de la empresa, la firma los despidió e incurrió en ilegalidades. “Cuando los trabajadores llegaban a firmar sus finiquitos, la empresa les decía que les iban a pagar en hasta diez cuotas, y que además les descontaba de su indemnización lo que correspondía por el anticipo de gratificación”.
Agregó que “ambas cuestiones son ilegales porque para pactar fraccionadamente un pago de finiquito, la ley exige el acuerdo y consentimiento del trabajador, no es un acto unilateral del empresario, y en este caso es una imposición”.
El jurista explicó además que “el anticipo de gratificación cuando se ha incorporado a la remuneración, al haberse pagado de manera permanente, no puede ser descontado también por el empresario, y esto no solo lo ha determinado la Dirección del Trabajo, sino que una cantidad importante de fallos judiciales”.
“Esto generó que muchos de los trabajadores que llegaban a cobrar su finiquito, se encontraban con que ellos les estaban debiendo a la empresa, una situación ridícula, vergonzosa, que nos obligó a presentar cuatro demandas, algunas de cobro de prestaciones, otras en procedimiento monitorio laboral, que esperamos se resuelvan a la brevedad”.
El abogado Álvarez dijo que la finalidad Grupo de Inversiones Errázuriz de contar con varias razones sociales responde justamente a evitar responsabilidades en el pago de las indemnizaciones. Pero la Reforma Laboral obliga al grupo empresarial a responder, en caso que una de las empresas que posee alegue que no tiene patrimonio.
REFORMA LABORAL
Para Julio Álvarez, “el principal beneficio de la Reforma Laboral es la transparencia, porque implica que todo el proceso se realice de manera oral, fundamentalmente en dos audiencias públicas, a las cuales pueden asistir los trabajadores y los empresarios demandados, y conocer la forma en que están actuando los tribunales de justicia, y los abogados que representan a ambas partes”.
También agregó que “es importante el principio de la inminencia, es decir hoy día todo es resuelto ante el propio juez de la causa, en este caso el Juez de Letras del Trabajo. Ante ninguna de las partes, ni los demandantes ni los demandados, conocía al juez”.
El jurista destacó además que “la Reforma Laboral contempla reducir los plazos. Normalmente los juicios del trabajo, en los procedimientos anteriores, demoraban no menos de uno a dos años. Si la empresa apelaba, o recurría a la Corte Suprema, eran juicios que incluso podían demorar hasta cinco años”.
Julio Álvarez aseguró que “la Reforma Laboral es beneficiosa para los trabajadores y para los empresarios, pero sobretodo para garantizar la paz social”.*****FIN*****
|
|
|